¿Puedo renunciar a ser presidente de la comunidad de vecinos?

¿Puedo renunciar a ser presidente de la comunidad de vecinos?

Ser presidente de la comunidad de vecinos es una responsabilidad que puede recaer sobre cualquiera de los propietarios de una vivienda en un edificio. Dicha designación ocurre anualmente por votación en una junta de vecinos, por sorteo o de manera rotativa. El procedimiento seguido debe garantizar que la presidencia no quede vacante bajo ninguna circunstancia.

Ahora bien, ¿qué ocurre si el propietario designado no desea ocupar la presidencia de la comunidad? ¿Puede renunciar al cargo? De eso trata este contenido de inmho.

Nuestros expertos en gestión de comunidades responden estas interrogantes para despejar dudas sobre esa eventualidad que con frecuencia se presenta en los conjuntos residenciales. ¡Comencemos!

¿Se puede renunciar a ejercer el cargo de Presidente de la comunidad de vecinos?

El presidente de la comunidad de vecinos está en la obligación de cumplir funciones importantes en el edificio. Debe convocar y guiar las reuniones de la junta, vigilar que se cumplan los estatutos y actuar en beneficio de la comunidad en todo momento y circunstancia. Esto, sin contar que en muchas oportunidades se ve obligado a asumir funciones asignadas al secretario o al administrador.

Obviamente, el cumplimiento de estas y otras tareas no remuneradas requiere tiempo y disposición que no todos los propietarios tienen. Es entonces cuando la dimisión del presidente de la comunidad de vecinos surge como una opción posible, mientras se realice durante los 30 días siguientes al nombramiento y sea debidamente justificada.

Motivos para renunciar a ser Presidente de la Comunidad de Vecinos

El propietario que haya sido elegido como presidente de la comunidad de vecinos puede renunciar ese cargo alegando las siguientes causas:

Trabajo

Tener una carga de trabajo que le impida dedicar el tiempo necesario para cumplir  eficientemente con las funciones de Presidente de la Comunidad, es una causa legítima para presentar la renuncia a este cargo.

En este sentido, en inmho siempre recomendamos tomar en cuenta este y otros factores antes de nombrar Presidente a quien por razones de trabajo tiene que viajar con frecuencia o debe cumplir con un horario incompatible con las funciones inherentes a la presidencia de la comunidad.

Enfermedad

Presentar problemas de salud es otra causa válida para la dimisión del presidente de la comunidad de propietarios. Ser gestor de la comunidad demanda tiempo y energía para atender de forma presencial los asuntos ordinarios o sobrevenidos en el edificio y quien no se sienta competente puede declinar el cargo. Por supuesto, consignando los recaudos médicos correspondientes.

Edad avanzada

Es razonable que un propietario de avanzada edad puede no tener la energía o la capacidad física y mental para tomar decisiones estratégicas y de representación de la comunidad. En este sentido, las comunidades deben ser comprensivas y buscar el relevo entre los propietarios que por rotación les corresponda ejercer el cargo.

Distinta residencia

Esta es otra de las causas que justifican la renuncia del presidente de la comunidad de vecinos. No residir en el edificio impide gestionar efectivamente situaciones que requieren atención oportuna y presencial. Se trata de un cargo que requiere estar disponible para atender cualquier urgencia sobrevenida.

Por otra parte, la designación del Presidente debe descartar los propietarios que tengan deudas pendientes vinculadas con sus obligaciones con la comunidad. Esto podría crear conflictos de interés y conllevar dudas sobre la imparcialidad del presidente. Lo ideal es que se regularicen estas deudas antes de ejercer este u otro cargo dentro de la junta de vecinos.

En definitiva, el presidente de la comunidad de propietarios y su renuncia, es un tema que con frecuencia es centro de debate en las comunidades. Pero es posible dimitir siempre y cuando existan las causas que presentamos anteriormente u otra que pueda ser justificada y demostrada adecuadamente.

Un aspecto que siempre debe prevalecer es que la presidencia de la comunidad no puede estar acéfala. El presidente no puede abandonar el cargo si ello acarrea daños y perjuicios a la comunidad; ello conlleva responsabilidades legales ineludibles.

Lo más conveniente es que, con suficiente antelación, la junta de vecinos prevea la finalización del periodo para el presidente en funciones y se logre la designación del nuevo presidente de mutuo acuerdo, luego de analizar su capacidad y disposición para ocupar el cargo de presidente de la comunidad de vecinos.

Si deseas mayor información sobre lo tratado en este contenido, puedes ponerte en contacto con nosotros. Localiza tu inmho más cercano y consulta con nuestros expertos en asesoría para solventar dificultades en el ejercicio de la presidencia u otro cargo de la junta de propietarios. ¡Estamos a tu disposición!

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