Taladrar un domingo por la mañana, una fiesta en el patio que se alarga hasta las tres o el vecino que pone la lavadora a las seis. En Sevilla, lo que se puede y lo que no se decide en tres planos distintos: la ordenanza municipal fija los horarios, la normativa andaluza fija cuántos decibelios pueden llegar a tu casa y la Ley de Propiedad Horizontal te dice qué puede hacer la comunidad cuando alguien se los salta.
Esta guía reúne los tres. Empezamos por la tabla, que es lo que casi todo el mundo viene buscando.
En este artículo
- Horarios de ruidos en Sevilla: la tabla de un vistazo
- Obras y trabajos ruidosos en casa
- Reuniones, fiestas y música: zonas privadas y comunes
- Cuántos decibelios se permiten dentro de una vivienda
- Qué hacer si un vecino incumple los horarios
- Otros focos de ruido que vigila la ordenanza
- Preguntas frecuentes sobre los horarios de ruido en Sevilla
Horarios de ruidos en Sevilla: la tabla de un vistazo
Estos son los horarios que establece la Ordenanza contra la Contaminación Acústica, Ruidos y Vibraciones del Ayuntamiento de Sevilla:
| Actividad | Días laborables | Sábados, domingos y festivos |
|---|---|---|
| Obras y trabajos ruidosos en la vivienda | De 8:00 a 15:00 y de 17:00 a 21:00 | De 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 |
| Reuniones de personas en zonas privadas | De 12:00 a 23:00 | De 12:00 a 23:00 |
| Reuniones de personas en zonas comunes | De 11:00 a 00:00 | De 11:00 a 00:00 |
| 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero | Sin límite salvo de 4:00 a 12:00 | Sin límite salvo de 4:00 a 12:00 |
Un aviso antes de seguir: las ordenanzas municipales se modifican cada cierto tiempo. Si vas a programar una obra o a organizar algo que pueda molestar, comprueba la versión vigente en la web del Ayuntamiento de Sevilla antes de fiarte de cualquier resumen, este incluido.
Obras y trabajos ruidosos en casa
Es el motivo de queja número uno y el que más consultas genera. La ordenanza parte las jornadas laborables en dos tramos, de 8:00 a 15:00 y de 17:00 a 21:00, y deja fuera la franja central de la tarde. Los sábados, domingos y festivos el margen se estrecha: de 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00.
No hace falta una reforma integral para entrar en este régimen. Cuenta cualquier trabajo que genere ruido perceptible desde las viviendas vecinas: una radial, un martillo percutor, una pulidora o el montaje de muebles con maquinaria. El criterio no es el tamaño de la obra, sino el ruido que produce.
Y hay una obligación que casi nadie cumple y que no tiene nada que ver con el horario. El artículo 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal exige al propietario «dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad». Avisar al presidente antes de empezar no es cortesía: es un deber legal. Si además la obra toca un elemento común, deja de ser una decisión individual. Lo desarrollamos en nuestra guía sobre el horario en el que se pueden hacer obras.
Reuniones, fiestas y música: zonas privadas y comunes
La ordenanza distingue dónde ocurre la reunión. En zonas privadas —dentro de una vivienda o de un local cerrado— el horario general va de 12:00 a 23:00. En zonas comunes de la comunidad, como un patio o una azotea, se amplía de 11:00 a 00:00.
Los días señalados tienen su propio régimen: el 24, el 25 y el 31 de diciembre y el 1 de enero no rige el horario general y las reuniones se permiten a cualquier hora salvo entre las 4:00 y las 12:00.
Conviene no confundir una cosa con otra: que estés dentro del horario no significa que puedas hacer el ruido que quieras. El horario habilita la actividad; los límites en decibelios, que vienen a continuación, marcan la intensidad.
Qué puede regular tu comunidad por su cuenta
Por encima de la ordenanza, cada comunidad puede apretar más. El artículo 6 de la Ley de Propiedad Horizontal permite al conjunto de propietarios fijar «normas de régimen interior» para regular los detalles de la convivencia y la adecuada utilización de los servicios y cosas comunes, siempre dentro de los límites de la ley y de los estatutos.
Ahí encajan los horarios de la piscina, el uso del patio o la prohibición de celebrar fiestas en la azotea entre semana. Lo que esas normas no pueden hacer es rebajar los límites de la ordenanza municipal ni contradecir la ley. Si quieres el mapa completo de qué norma manda sobre cuál, lo explicamos en nuestra guía sobre las normas de una comunidad de vecinos.
Cuántos decibelios se permiten dentro de una vivienda
Aquí ya no manda el ayuntamiento, sino la Junta de Andalucía. El Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía, aprobado por el Decreto 6/2012, fija en su artículo 27 y en la Tabla IV los valores que no deben superarse en el interior de las viviendas:
| Tipo de estancia | Día y tarde (7:00 – 23:00) | Noche (23:00 – 7:00) |
|---|---|---|
| Zonas de estancia: salón, cocina, comedor | 45 dBA | 35 dBA |
| Dormitorios | 40 dBA | 30 dBA |
Para que te hagas una idea de la escala: 30 dBA es poco más que un susurro al otro lado de la habitación, y 45 dBA es una conversación tranquila. Son límites exigentes, y por eso la medición la tiene que hacer alguien con equipo homologado.
El mismo reglamento sitúa el periodo nocturno entre las 23:00 y las 7:00, que es la franja en la que el margen se reduce a 35 y 30 dBA. Y atribuye expresamente a los ayuntamientos la competencia para fijar límites y tipificar las infracciones por ruido de vecinos en sus propias ordenanzas, que es de donde salen los horarios de los apartados anteriores.
Qué hacer si un vecino incumple los horarios
El orden importa, porque cada paso construye la prueba del siguiente.
Primero hablar, después el requerimiento del presidente
La mayoría de los conflictos de ruido se resuelven con una conversación, y conviene intentarlo antes de formalizar nada. Cuando no funciona, entra el procedimiento del artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal: el presidente requiere a quien realiza la actividad para que cese de forma inmediata.
Hazlo por escrito y con acuse de recibo. Ese documento es lo que acredita después que se agotó la vía amistosa, y sin él cualquier reclamación posterior nace coja. Puedes partir de nuestro modelo de requerimiento de cesación de actividades molestas.
Llamar a la Policía Local y pedir que se constate
Si el ruido está ocurriendo en ese momento, avisar a la Policía Local tiene un valor que mucha gente pasa por alto: no es solo para que pare la fiesta, es para que quede constancia. El acta de la intervención y, si procede, la medición sonométrica son la prueba objetiva que sostiene todo lo que venga después.
Un ruido puntual rara vez prospera. Lo que pesa es la reiteración documentada. Por eso conviene llevar un registro de fechas, horas y actuaciones, algo que en los casos que se enquistan marca la diferencia. Los supuestos que más se repiten los recogemos en las actividades más molestas en las comunidades de vecinos.
La vía judicial: la acción de cesación
Si el requerimiento no surte efecto, el presidente puede acudir a los tribunales, pero necesita antes la autorización de la junta de propietarios: no puede demandar por su cuenta. Es un punto que conviene llevar al orden del día en cuanto el conflicto se cronifica, para no perder tiempo cuando ya no quede alternativa.
Gestionar estos expedientes —requerimientos, actas, convocatorias y seguimiento— es parte del trabajo diario de un administrador. Si tu comunidad está en Sevilla y el problema se os ha ido de las manos, en inmho somos administradores de fincas en Sevilla y podemos ayudaros a encauzarlo.
Otros focos de ruido que vigila la ordenanza
Más allá de obras y reuniones, la ordenanza se ocupa de un puñado de fuentes que en una comunidad dan bastante guerra:
- Alarmas de viviendas y locales que se disparan sin motivo y nadie desconecta.
- Alarmas de vehículos: si una sirena suena más de tres minutos, el vehículo puede acabar retirado al depósito municipal a cargo de su propietario.
- Instrumentos musicales en la vivienda, que pueden quedar restringidos a partir de una queja vecinal.
- Aparatos de climatización, extractores y maquinaria instalada en fachadas, patios o azoteas.
- Animales domésticos, especialmente ladridos sostenidos en horario nocturno.
- Voces y reuniones en la vía pública y en terrazas de hostelería.
El de los animales es el que más preguntas genera dentro de las comunidades, porque se cruza con la convivencia diaria y con lo que digan los estatutos. Lo tratamos aparte en nuestra guía sobre qué hacer si hay mascotas molestas en tu comunidad.
Preguntas frecuentes sobre los horarios de ruido en Sevilla
¿Hasta qué hora se puede hacer ruido en Sevilla?
Depende de la actividad. Según la ordenanza municipal, las obras y los trabajos ruidosos en la vivienda se pueden hacer en días laborables de 8:00 a 15:00 y de 17:00 a 21:00, y los sábados, domingos y festivos de 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00. Las reuniones de personas en zonas privadas se permiten de 12:00 a 23:00 y en zonas comunes de 11:00 a 00:00. Al margen de esos horarios, el nivel de ruido que llega a la vivienda del vecino no puede superar los límites de la normativa andaluza.
¿A qué hora se pueden empezar las obras en un piso en Sevilla?
En días laborables, a partir de las 8:00. Los sábados, domingos y festivos, a partir de las 9:00. Además del horario, el artículo 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal obliga al propietario a dar cuenta de las obras previamente a quien represente a la comunidad, y las que afecten a elementos comunes necesitan acuerdo de la junta.
¿Se pueden hacer obras los sábados en Sevilla?
Sí, dentro del horario reducido que fija la ordenanza para sábados, domingos y festivos: de 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00. Es un margen más estrecho que el de los días laborables, con el corte de la tarde una hora y media antes. La comunidad puede además haber aprobado normas de régimen interior más restrictivas.
¿Cuántos decibelios se permiten en un dormitorio por la noche?
30 dBA. El Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía, aprobado por el Decreto 6/2012, fija en su Tabla IV los valores que no deben superarse en el interior de las viviendas: en dormitorios, 40 dBA de día y de tarde y 30 dBA de noche; en zonas de estancia como el salón o la cocina, 45 dBA de día y de tarde y 35 dBA de noche.
¿Qué pasa con el ruido en Nochebuena y Nochevieja?
La ordenanza contempla un régimen especial para los días señalados. El 24, el 25 y el 31 de diciembre y el 1 de enero no rige el horario general: las reuniones se permiten a cualquier hora salvo entre las 4:00 y las 12:00. Fuera de esas fechas se aplican los horarios ordinarios.
¿Puede mi comunidad fijar horarios más estrictos que la ordenanza?
Sí, dentro de su ámbito. El artículo 6 de la Ley de Propiedad Horizontal permite al conjunto de propietarios fijar normas de régimen interior para regular los detalles de la convivencia y la adecuada utilización de los servicios y cosas comunes, siempre dentro de los límites que marcan la ley y los estatutos. Esas normas pueden acotar el uso de patios, azoteas o salas comunitarias, pero no sustituyen a la ordenanza municipal ni rebajan sus límites.
¿Qué hago si un vecino hace ruido fuera de horario?
Lo primero es hablarlo, porque la mayoría de los casos se resuelven ahí. Si no funciona, el siguiente paso es el requerimiento del presidente para que la actividad cese de inmediato, por escrito y con acuse de recibo. En paralelo, si el ruido se produce en ese momento, se puede avisar a la Policía Local para que acuda y lo constate. El acta de esa intervención es la prueba que después sostiene cualquier reclamación.
¿Puede la comunidad denunciar a un vecino por ruido?
Sí. El artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal prohíbe las actividades que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas. El presidente requiere primero al infractor para que cese y, si el requerimiento no surte efecto, puede ejercitar acciones judiciales, pero necesita la autorización previa de la junta de propietarios.
Cada municipio tiene su propia ordenanza y los horarios cambian de una ciudad a otra: si tu comunidad está en la capital, puedes comparar con los horarios de ruidos en Madrid, que siguen otro régimen. Y si lo que necesitas es que alguien lleve estos expedientes por la comunidad, revisa cuáles son las obligaciones del administrador de fincas.