¿Se puede cerrar con llave la puerta del portal?

¿Se puede cerrar con llave la puerta del portal?

La posibilidad de cerrar con llave la puerta de un portal es un tema que se debate con frecuencia en las comunidades de vecinos. Por asuntos de seguridad, siempre se buscan alternativas que impidan el ingreso de personas ajenas al conjunto residencial, los robos u ocupación de las viviendas.

En este sentido, cerrar la puerta del portal con llave suele pensarse como una medida que refuerza la seguridad. Pero se trata de una medida que suma complicaciones y riesgos aún más peligrosos.

De allí la pertinencia de este post que te ofrecemos desde inmho. Aquí exploramos los aspectos legales vinculados con el cerramiento del portal con llave.

También exploramos los riesgos que supone; porque, si de seguridad se trata, el portal es una vía de escape que debe permitir salir de forma expedita en situaciones de emergencia.

En conclusión, se puede cerrar con llave siempre que se haga de forma legal, segura y acordada por los propietarios. Lo ideal sería instalar cerraduras que se bloqueen desde fuera pero se abran fácilmente desde dentro sin necesidad de llave.

¿Es legal cerrar con llave la puerta del portal?

Aunque se trata de una medida muy extendida, no se debe cerrar con llaves la puerta de un portal. Las razones son muchas e incluyen aspectos logísticos. Por ejemplo, inhabilita al portero automático, lo cual obliga a los propietarios a bajarse del auto para abrir la puerta manualmente y poder entrar al edificio.

Pero no sólo eso, al estar la puerta cerrada con llave los propietarios deben bajar a abrir el portal en caso de que lleguen visitas o un mensajero les traiga una encomienda. ¿Eso incomoda? Sí; porque en condiciones normales parece simple, pero si es una persona mayor quien debe bajar o si el ascensor no está operativo, estamos hablando de algo más que una simple molestia.

Pero al margen de estos aspectos logísticos están los aspectos legales vinculados con la acción de cerrar con llave el portal.

Para cerrar con llave la puerta del portal debe aprobarse en junta de propietarios con una mayoría simple.

Debe garantizarse la seguridad de los vecinos no suponiendo la puerta un obstáculo en caso de evacuación o emergencia.

Hay que tener en cuenta la posibilidad de dar acceso a servicios públicos (policía, bomberos, correo postal,…).

No se puede privar el acceso a propietarios de viviendas o locales.

¿Puede la junta de vecinos acordar cerrar con llave la puerta del portal?

Se puede adoptar ese acuerdo por mayoría simple.

Según la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) en España, este tipo de acuerdos, al tratarse del uso del elemento común (la puerta del portal), pueden tomarse por mayoría simple en junta (art. 17.7 LPH).

Es imprescindible que no vulnere derechos individuales no pudiendo impedir a ningún propietario el acceso libre a su vivienda o local.

Si una persona no puede entrar o salir sin ayuda (por ejemplo, una persona mayor o con movilidad reducida que no puede usar una llave), podría impugnarse el acuerdo por limitar el uso de su propiedad.

Se tienen que respetar las normas de seguridad y evacuación. La puerta debe poder abrirse desde dentro sin llave (cerraduras con maneta o antipánico), conforme a las normas de seguridad y accesibilidad.

Cerrar con llave desde dentro sería ilegal y muy peligroso en caso de incendio o emergencia.

Es importante destacar que hay jurisprudencia. Existen sentencias judiciales que han anulado acuerdos de comunidades que obligaban a cerrar con llave si ello suponía un obstáculo al derecho de libre acceso o salida, especialmente si afecta a personas con movilidad reducida o mayores. La jurisprudencia también indica que la seguridad no puede primar sobre la accesibilidad y la seguridad personal.

¿Qué otras medidas se pueden tomar para no cerrar con llave el portal?

Alternativas al cierre con llave de la puerta del portal:

  1. Cerradura eléctrica con control de acceso.

Sustituye la cerradura tradicional por una que se controla con:

  •   Llaveros magnéticos (RFID)
  •   Tarjetas de proximidad
  •   Códigos numéricos
  •   Aplicaciones móviles
  1. Cierrapuertas automáticos.

Se instalan en la parte superior de la puerta y la cierran automáticamente tras abrirse.

Evitan que quede abierta por descuido.

Se pueden combinar con freno de retención para accesibilidad.

  1. Portero automático con cámara (videoportero).

Aumenta el control sobre quién accede.

Facilita que los vecinos verifiquen visualmente antes de abrir.

También se pueden instalar sistemas que graban.

  1. Instalación de cámaras de videovigilancia

Disuaden accesos indebidos o actos vandálicos.

Deben cumplir con la normativa de protección de datos (carteles informativos y registro en la AEPD).

No pueden grabar espacios privados (como el interior de viviendas).

  1. Iluminación automática o permanente.

Zonas bien iluminadas reducen el riesgo de intrusiones o actos vandálicos.

La iluminación con sensores de movimiento es eficiente y económica.

  1. Puertas con apertura motorizada y control remoto.

Ideales para comunidades con personas mayores o con movilidad reducida.

Se abren desde fuera con mando o app y desde dentro con botón.

  1. Revisión del diseño de la entrada.

Colocar doble puerta (tipo “zaguán”) puede mejorar la seguridad.

También puede instalarse un sistema de “cerradura retardada” que dificulta aperturas rápidas a intrusos.

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