En 2018 se aprobó una nueva normativa contra incendios en edificios que modificó la que había vigente hasta ese momento. Cada comunidad de propietarios debe cumplir con la normativa contra incendios vigente en edificios de viviendas para preservar la seguridad de todos los vecinos.
En este post vamos explicar los principales puntos de la normativa y cómo deben cumplirse todos ellos para prevenir incendios en edificios y comunidades de propietarios.
Medidas incluidas en la normativa contra incendios en edificios
Todas las medidas que deben seguirse para prevenir incendios en edificios se detallan en el RIPCI (Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios), que se aprobó en 2017.
Esta normativa afecta tanto a las comunidades de vecinos como a las empresas de mantenimiento encargadas de las instalaciones de la comunidad. Su finalidad es establecer mejoras en los sistemas de prevención de incendios ya existentes, junto a la implementación de actualizaciones y revisiones periódicas.
Las novedades que incluye esta normativa están relacionadas con el control efectivo de las empresas encargadas de la seguridad contra incendios, las regulaciones que se deben cumplir según las características de cada comunidad de propietarios y la actualización de los instrumentos y equipos utilizados en la prevención de incendios.
Las nuevas medidas se han establecido para las construcciones nuevas, sin embargo, en el caso de los edificios y fincas antiguas también cuentan con periodos de tiempo para cumplir con la normativa antes de su primera inspección. Teniendo en cuenta que la normativa entró en vigor en 2018 estos son los periodos de tiempo estipulados:
- Si la finca tiene 20 años de antigüedad o más tendrán un año para cumplir la norma.
- Si la finca tiene entre 15 y 20 años de antigüedad: 2 años.
- Si la finca tiene entre 10 y 15 años de antigüedad: 3 años.
Normas obligatorias para la prevención de incendios
Las comunidades de vecinos tienen la obligación de contar con instalaciones de protección contra incendios, como señalización de emergencia, detectores de humo, extintores en cada planta del edificio, hidrantes, puertas ignífugas y otros elementos que se adaptarán dependiendo de las características específicas de cada finca.
Por supuesto, la puesta a punto de estas instalaciones contra incendios debe estar supervisada por empresas autorizadas y homologadas por el Ministerio de Industria para que tengan todas las garantías necesarias. De esta manera, la empresa encargada de las instalaciones podrá certificar la eficacia de los equipos de extinción de incendios o las modificaciones que sean necesarias.
Después de la instalación homologada, es necesario llevar a cabo revisiones técnicas cada tres meses en todo el sistema de prevención de incendios. Las inspecciones trimestrales se llevarán a cabo por parte de la misma empresa que instaló los equipos, u otra diferente, y será el presidente o el administrador de fincas los encargados de buscar dicha empresa de mantenimiento y pagar sus servicios. Las inspecciones quedarán registradas en un acta y se guardarán durante un período mínimo de cinco años.
Aparte de las inspecciones periódicas también existe una inspección independiente que se llevará a cabo por parte del OCA (Organismo de Control Autorizado) y que se realiza cada diez años.
Para evitar que los equipos de extinción se vuelvan obsoletos, el nuevo reglamento estipula una serie de ciclos de vida útil de cada una de las instalaciones y formas de señalización:
- Los extintores y pulsadores deben situarse a una altura de entre 80 y 120 cm y deben señalarse de manera obligatoria.
- Las mantas ignífugas deberán reemplazarse cada 20 años.
- Las mangueras hidráulicas cada 20 años.
- Los detectores y aspersores cada 10 años.
- El alumbrado de emergencia o señalización foto-luminiscente cada 10 años.
En el caso de los hidrantes o bocas de incendio existen mayores exigencias en las condiciones de inspección. Por ejemplo, que debe haber al menos uno de los hidrantes ubicado en la entrada de la finca y que su salida será de 100 mm instalada de espaldas a la fachada y orientada en perpendicular.
En el caso de haber hidrantes instalados que no están ubicados en la vía pública, la distancia entre el emplazamiento de cada uno y el límite exterior de la finca o la zona protegida, está estipulada entre 5 y 15 metros.
En cuanto a los garajes de las comunidades de propietarios que cuenten con más de 500 metros cuadrados y con un número de plazas de aparcamiento de unos 25 coches, también están obligados a pasar la inspección obligatoria independiente de la OCA.
Como vemos, resulta imprescindible conocer bien la normativa contra incendios recientemente aprobada para incluir cuanto antes las mejoras en las instalaciones de las comunidades de propietarios, no solo para cumplir con la ley, sino también para aumentar las garantías de seguridad de todos los vecinos.
En inmho somos expertos en la administración de fincas y podemos ayudarte en la implementación de la nueva normativa contra incendios. Ponte en contacto con nosotros y cuéntanos las necesidades de tu comunidad de propietarios. ¿Hablamos?