¿Existen estatutos oficiales para las comunidades de propietarios?

En la gestión de comunidades, muchos presidentes nos han preguntado si existen estatutos oficiales que se puedan aplicar a una comunidad de propietarios, pero en realidad no existe ningún modelo de estatuto de acuerdo con la Ley de Propiedad Horizontal, ni con la ley reformada, ni con la antigua. Y esto se debe a que los estatutos deben redactarse específicamente para cada comunidad, teniendo en cuenta sus instalaciones, los servicios que necesita y las necesidades de sus propietarios.

En las viviendas de obra nueva, cuando todavía no se ha constituido la Comunidad de Propietarios, son las promotoras, en la mayoría de los casos, las encargadas de redactar los Estatutos de la nueva Comunidad. Es aquí donde los administradores de fincas en Madrid aportan una gran ayuda a las promotoras con su asesoramiento profesional y el soporte legal necesario cuando todavía no se ha constituido la Comunidad ni se ha elegido al Presidente.

Una vez redactados los Estatutos de la Comunidad, deben ser aprobados por unanimidad en una Junta Extraordinaria de la Comunidad, e inscritos en el Registro de la Propiedad al que pertenece el edificio. Cuando el promotor los redacta, debe facilitarles a los compradores en el momento de la compra y que aparezca en la Escritura que conocen la existencia de los mismos.

El gestor de comunidades debe informar al presidente de que si los estatutos no se inscriben en el Registro de la Propiedad, sólo son vinculantes con los propietarios actuales de la comunidad, pero no con los futuros, ya que para que los nuevos comuneros estén obligados a cumplirlos, los estatutos deben ser conocidos por terceros y esto se logra inscribiéndolos en un Registro Público como el de la Propiedad.

¿Los estatutos de una comunidad son obligatorios?

Esta es otra de las preguntas que nos hacen a menudo y tenemos que decir que no, en absoluto es obligatorio que una comunidad de propietarios disponga de estatutos. De hecho, muchas de ellas no tienen y eso no significa que funcionen peor. En el fondo, los estatutos son una adaptación de la Ley de la Propiedad Horizontal a las circunstancias de una comunidad de vecinos concreta.

Con la reforma de la ley, muchos se plantean si se necesitan adaptar los estatutos a la situación actual de cada comunidad y hay que decir que aquellos puntos que contradigan lo que dice la Ley de Propiedad Horizontal no se pueden aplicar y es la propia comunidad de propietarios la que debe decidir. En caso de modificar los estatutos, se debe aprobar de manera unánime por la Junta de Propietarios e inscribirlos en el Registro.

Para cualquier duda o consulta, contacta con nosotros. Somos profesionales de la administración de fincas y tenemos la experiencia necesaria para solucionar cualquier asunto relacionado con las comunidades de propietarios.

 

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