Piscinas comunitarias: claves que necesitas conocer

 

Piscinas comunitarias: claves que necesitas conocer

En verano comienzan a funcionar las piscinas comunitarias en las comunidades de propietarios y es importante tener claras las normas. A veces, es necesario afrontar un cambio de administrador. En ese caso, el profesional que llegue deberá informar debidamente a los vecinos sobre la normativa de la piscina de la comunidad que está gestionando.

En este blog vamos a explicar las leyes que rigen las piscinas comunitarias para que todos los vecinos tengan claro cómo funcionan estas instalaciones comunes tan utilizadas en verano.

¿Qué normativa gestiona las piscinas comunitarias?

Las comunidades de propietarios que tienen piscina, aparte de disfrutar de ella, también deben asumir una serie de responsabilidades. La primera pregunta que suele surgir a muchos propietarios es si la piscina comunitaria se considera una piscina pública o privada y lo cierto es que cada comunidad autónoma tiene su propia normativa. Incluso el ayuntamiento de la localidad puede decidir al respecto.

Hay comunidades donde las piscinas comunitarias no se consideran públicas y las excluyen de esas normativas. Otras, incluyen las piscinas comunitarias como públicas dependiendo del número de viviendas. Por ejemplo, hay comunidades que consideran una piscina pública si tiene más de 20 viviendas, otras son 30 viviendas y otras, como la comunidad valenciana funciona por un aforo inferior a 100 personas.

Normas de las piscinas comunitarias

Todas las comunidades autónomas proponen unas normas mínimas de higiene, seguridad y mantenimiento de instalaciones en las piscinas comunitarias y el presidente de la comunidad o el administrador de fincas serán los encargados de que se cumpla esta normativa en la piscina de su comunidad. Vamos a ver estas normas mínimas:

  • Redactar unas normas internas de uso de las instalaciones, aforo máximo, horarios de apertura y cierre, etc. Esta información se debe colocar en un lugar visible para que todos los usuarios puedan enterarse.
  • Garantizar la mejor calidad del agua con un buen sistema de depuración y limpieza que estén homologados y disponer de personal cualificado para el mantenimiento de las instalaciones.

Es importante tener en cuenta los requisitos mínimos que deben tener las piscinas comunitarias:

  • Vaso de la piscina: la altura no debe superar los 3 metros y en el caso de las piscinas infantiles debe ser inferior a 0,60 metros de manera obligatoria.
  • Perímetro: deberá haber 2 metros como mínimo alrededor de la piscina y emplear un material antideslizante en el suelo.
  • Duchas: se deberán instalar al menos dos duchas y deberán utilizarse de manera obligatoria antes de bañarse en la piscina.
  • Calzado: es recomendable el uso de calzado específico en las instalaciones.
  • Vestuarios y aseos: solo serán obligatorios en el caso de que la piscina sea considerada de uso público.
  • Mantenimiento de instalaciones: la comunidad de propietarios tiene la obligación de conservar y mantener las instalaciones y todos los propietarios deberán contribuir con las cuotas que se hayan adjudicado según el coeficiente de participación, tanto si utiliza la piscina como si no (a no ser que aparezca especificado en los Estatutos de la Comunidad).

Dudas relacionadas con las piscinas comunitarias

¿Es obligatoria la contratación de un socorrista?

Cada comunidad autónoma tiene su normativa al respecto, pero tanto si se exige su contratación, como si no, es muy recomendable contar con un socorrista en la piscina comunitaria que esté presente en las instalaciones durante el horario de apertura. Dependiendo de la superficie de la piscina se deberá contar con uno o varios socorristas. En piscinas de 200 m² a 500 m², como mínimo deberá haber un socorrista si la legislación exige su presencia.

Invitados a la piscina

Es una de las dudas más frecuentes y que generan más controversias. La manera de proceder a la hora de invitar a familiares y amigos para acudir a la piscina se deberá plasmar en los Estatutos de la Comunidad o, al menos, tratar este tema en una Junta. Lo que sí debe respetarse es el aforo que marca la ley según las dimensiones de las instalaciones.

La comunidad puede acordar algún tipo de sistema de control de aforo. Por ejemplo mediante el uso de tarjetas, pulseras o invitaciones. Cada propietario tendrá derecho a invitar a un número determinado de personas y deberá acreditarlo en caso de que se haya acordado el control de accesos.

Por supuesto, cualquier invitado debe respetar la normativa de uso de la piscina comunitaria. En caso de vulnerabilidad o de causar algún desperfecto en las instalaciones, se pedirán responsabilidades al propietario que invitó a esa persona.

Responsabilidades en caso de accidente o lesiones

Normalmente se cumple la ley, pero aún así pueden suceder accidentes e imprevistos. Hay que saber que la Ley de Propiedad Horizontal en piscinas comunitarias no obliga a las comunidades de propietarios a contratar un seguro de responsabilidad civil, aunque sin duda es muy recomendable. Dependiendo de lo que ocurra, las circunstancias en las que suceda y las causas, deberá asumir la responsabilidad civil la comunidad de propietarios o la persona que ha sufrido el accidente.

Si se demuestra que ha provocado el accidente una falta de seguridad en la piscina, la comunidad asumirá la responsabilidad, pero si la persona ha cometido una negligencia o ha utilizado mal las instalaciones, tendrá que asumir los costes.

En inmho somos expertos en la administración de fincas y podemos asesorarte en este o cualquier otro asunto. Contacta con nosotros para resolver cualquier duda. ¿Hablamos?

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